¿Se gravan también las ganancias de capital obtenidas por la negociación en el mercado secundario?
Sí, estás obligado a declarar las plusvalías obtenidas por ventas con beneficios en el Mercado Secundario. Por ejemplo: digamos que compraste un préstamo de 5 € y lo vendiste con un margen de 6 € del que obtuviste un beneficio de 1 €. Este 1 € se declara como plusvalía del mercado secundario.